Desde las oficinas de Connie Kaplan te contamos todo sobre este caso que sin dudas ayudará a miles de migrantes discriminados con permisos de trabajo vigentes.
Una empresa de California deberá pagar una multa por discriminación relacionada con inmigración por excederse al pedir documentos adicionales a un inmigrante con estatus legal de permanencia en el país y una autorización de empleo (permiso de trabajo, EAD) válido.
Se trata de Cloud Peritus, Inc., una compañía de servicios de consultoría en el ámbito de la informática radicada en California que además de la multa sancionada, debió atravesar una disputa jurídica a partir de sus acciones discriminatorias. A partir de la intervención del Departamento de Justicia (DOJ), se alcanzó un acuerdo que permite resolver las acusaciones de discriminación relacionadas con inmigración, generando un avance en los derechos de los migrantes discriminados.
“La conciliación resuelve las acusaciones del Departamento de que Cloud Peritus había discriminado a un no ciudadano al pedir que presentara documentos adicionales e innecesarios para demostrar su permiso para trabajar, debido a su estatus (legal) como ciudadano extranjero”
Fragmento de resolución del DOJ. Traducción propia.
Una investigación que beneficia a los migrantes discriminados por cuestiones laborales
La investigación determinó que Cloud Peritus, Inc. “discriminó a un no ciudadano al pedir que presentara documentos adicionales para demostrar su permiso para trabajar, a pesar de haber ya presentado suficiente documentación, por motivos de su estatus de ciudadanía”, según detalla el DOJ. El reporte también indica que la investigación reveló que la solicitud documental discriminatoria de la compañía fue el resultado, en parte, por su propia falta de entendimiento del software que utilizaban para verificar el permiso de trabajo de sus empleados.
También se vio involucrada la División de Derechos Civiles de Justicia, quien indico que la disposición contra los migrantes discriminados de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) prohíbe que los empleadores pidan documentos adicionales o diferentes a los necesarios para demostrar el permiso para trabajar con base en el estatus migratorio o de ciudadanía del empleado, o bien por su nacionalidad de origen.
Los empleadores deben permitir que sus trabajadores presenten cualquier documentación válida que demuestre su situación migratoria y laborar y no pueden rechazar ni considerar insuficiente documentación válida que sea genuina. Si tienes problemas con tu empleador por tu estatus migratorio, ¡desde Connie Kaplan podemos ayudarte! No dudes en ponerte en contacto con nosotros y solicitar una consulta online.
¿Qué leyes amparan a los migrantes discriminados?
La División de Derechos Civiles establece que una vez que un empleado haya presentado documentación válida y aceptable para demostrar su permiso para trabajar (legalmente en Estados Unidos), el empleador no puede pedir documentos adicionales simplemente por motivos de ciudadanía, estatus migratorio o nacionalidad de origen del empleado.
Por otro lado, la ley también prohíbe la discriminación por motivos de Estatus de Ciudadanía o nacionalidad de origen en los procesos de contratación, despido o reclutamiento o recomendación por comisión, además de prácticas documentales injustas y represalias e intimidación.
Todos los migrantes discriminados por cuestiones laborales deben saber que al aplicar a un puesto de trabajo, lo único que deben presentar es el documento de autorización de empleo (EAD) que otorga el servicio de inmigración (USCIS). Por su parte, la empresa deberá completa el formulario I-9 para confirmar que el postulante tiene estatus legal de permanencia y permiso para trabajar en Estados Unidos.
Esta información es brindada a quien la solicite por la División de Derechos Civiles, quienes tienen el compromiso de garantizar que todo trabajador tenga el derecho a demostrar su permiso para trabajar libre de discriminación ilícita, y así evitar que sigan aumento el número de migrantes discriminados.
¿Cómo se resolvió en el caso?
La disputa judicial concluyó con la aceptación por parte de Cloud Peritus de pagar “una sanción civil”, cuyo monto no fue publicado. Asimismo, el acuerdo requiere que la empresa capacite a todos sus empleados en cuanto a los requisitos de la disposición antidiscriminatoria de La Sección de Derechos de Inmigrantes y Empleados de la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia, y que se someta a los requisitos de supervisión y declaración del DOJ.
El resultado del acuerdo fue celebrado por los miles de migrantes discriminados, aquellos que están pensando en solicitar una visa de trabajo en los Estados Unidos, y también por los abogados de inmigración. Este caso sienta un precedente importante, ya que da cuenta que todo extranjero con una autorización de empleo tiene derechos que deben ser respetados.
“No solo como ciudadano estadounidense o residente permanente legal tiene derechos la persona. Si un ciudadano extranjero tiene DACA, es un titular del Estatus de protección Temporal (TPS) o se encuentra en proceso y además tiene autorización para trabajar legalmente en el país, no puede ser estigmatizado o ser visto como inferior a los demás trabajadores”
Fragmento del comunicado de la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia. Traducción propia.
¿Qué otro tipo de conductas pueden ser denunciadas legalmente por migrantes discriminados en ámbitos laborales?
La Sección de Derechos de Inmigrantes y Empleados (IER) recibe denuncias e investiga diferentes tipos de conducta discriminatoria al amparo de la disposición antidiscriminatoria de ley de la INA, tal como:
• Discriminación por motivos de la nacionalidad de origen en la contratación, el despido o el reclutamiento o la recomendación por comisión por parte de empleadores con más de tres, pero menos de quince empleados. Los empleadores no deben tratar a los individuos de una forma distinta por motivos de su lugar de nacimiento, país de origen, ascendencia, idioma materno, acento o por aparentar o sonar como «extranjeros.
• Discriminación por motivos del estatus migratorio o de ciudadanía en la contratación; el despido o el reclutamiento o la recomendación por comisión por parte de empleadores con cuatro empleados o más. Los empleadores no deben tratar a ciertos individuos de una forma distinta por motivos de su estatus migratorio o de ciudadanía.
• Prácticas documentales injustas relacionadas con el proceso de verificación de la elegibilidad de empleados para trabajar. Los empleadores no deben solicitar documentos adicionales o diferentes a los que se requieren para verificar la elegibilidad para trabajar, ni tampoco deben rechazar documentos que parecen ser auténticos o especificar ciertos documentos en vez de otros, con el propósito o la intención de discriminar por motivos del estatus de ciudadanía o la nacionalidad de origen.
• Represalias e Intimidación. Individuos que presenten denuncias ante la IER, que cooperen con una investigación de la IER, que disputen una acción que pudiera constituir una práctica documental injusta o discriminación por motivos del estatus migratorio o de ciudadanía o bien por la nacionalidad de origen, o que hagan valer sus derechos al amparo de la disposición antidiscriminatoria de la INA se protegerán de la intimidación, amenazas, la coacción y represalias.
En las Oficinas Legales de Connie Kaplan, una de nuestras especialidades es trabajar con personas que estén buscando trabajar en los Estados Unidos, ya sea de manera temporal o cómo camino hacia la residencia permanente. Nos especializamos en asistir a nuestros clientes con sus solicitudes de visa de residencia por empleo, ciudadanía americana y más. Si tienes dudas acerca de qué programas tienes disponibles para ti o si puedes aplicar a alguna excepción, ¡no dudes comunicarte con nuestro equipo!